Resumiendo, a partir del 2 de mayo y mientras dure la situación actual:

  • Los mayores de 14 años pueden salir al monte dentro del término municipal, estén o no federados (es una pregunta que nos habéis hecho con insistencia estos días), para practicar deporte individual.
  • En el caso de los federados, la cobertura vuelve a estar activa dentro de los supuestos normativos.
  • Deberá irse solo.
  • El horario para hacerlo será de 6h a 10h de la mañana o de 20h a 23h de la noche para los que vivimos en Irun o cualquier municipio de más de 5000 habitantes. Ambas franjas horarias son excluyentes, de manera que cada cual elige la que más le convenga, pero no se puede salir en las dos.
  • No se podrá utilizar el coche ni ningún otro transporte para acercarse al punto de salida.
  • Deberán mantenerse las distancias estipuladas, 2m para los caminantes y 10 metros y situarse en paralelo (no exactamente detrás) para los corredores de montaña. Evitar los lugares concurridos y no detenerse más de lo necesario.
  • La práctica de la escalada en cordada NO está permitida.

Nota muy importante:

En un caso como el nuestro, donde la distinción entre “deporte” y “paseo”, puede resultar ambigua, recordad que el paseo lo pueden llevar a cabo juntas dos personas convivientes en el mismo domicilio, pero el deporte debe ser forzosamente individual.
Quien salga a dar un “paseo”, puede hacerlo acompañado, pero no podrá alejarse más de 1km de su domicilio.
Quien salga a practicar deporte individual, puede hacerlo sin límite de distancia, dentro del término municipal.

Para tenerlo más claro puedes revisar las dos últimas páginas del BOE, Articulo 5. Franjas horarias.